Glosario
VÍA ORDINARIA
De acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito Ley 769 del 2002 se define como: La que tiene transito subordinado a las vías principales.
VÍA PEATONAL
De acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito Ley 769 del 2002 se define como: Zonas destinadas para el transito exclusivo de peatones.
VÍA TRONCAL
De acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito Ley 769 del 2002 se define como: Vía de dos (2) calzadas con ocho o mas carriles y con destinación exclusiva de las calzadas interiores para el transito de servicio público masivo.
ZONA DE ESTACIONAMIENTO RESTRINGIDO
De acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito Ley 769 del 2002 se define como: Parte de la vía delimitada por autoridad competente en zona adyacentes a instalaciones militares o de policía, teatros, bancos, hospitales, entidades oficiales y de socorro, iglesias, establecimientos industriales y comerciales, en la cual solo pueden estacionar vehículos autorizados.
ZONA ESCOLAR
De acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito Ley 769 del 2002 se define como: Parte de la vía situada frente a un establecimiento de enseñanza y que se extiende cincuenta (50)metros al frente y a los lados del limite del establecimiento