Registro Nacional de Despachos de Carga por Carretera - RNDC
Para mayor informacion por favor dar click en el siguiente enlacelo invitamos a consultar el sitio web del REGISTRO NACIONAL DE DESPACHOS DE CARGA POR CARRETERA - RNDC, donde encontrará los documentos, manuales, estándares y demás información relacionada que le permitirá registrar todas las operaciones de los despachos, así mismo, encontrará la documentación necesaria para implementar el web services en caso de que cuente con software propio o suministrado por un tercero.
https://rndc.mintransporte.gov.co
El registro RNDC, será adoptado por la entidad como parte de la política de libertad vigilada, la cual es de obligatorio cumplimiento.
Registro Nacional de Despacho de Transporte de Carga por Carretera – RNDC
NORMATIVIDAD ASOCIADA
- Resolución 0000377 del 15 de febrero de 2013
- Decreto 2092 del 14 de junio de 2011
- Decreto 2228 del 11 de octubre de 2013
COMUNICADOS Y CIRCULARES
- Aplicabilidad de la Resolucion 0000377 de 2013 (Proferida por la Direccion de Transito y Transporte)
- Comunicado emitido por el Viceministerio de Transporte a la Direccion de Transito y Transporte de la Policia Nacional referido sobre la aplicabilidad de la Resolución 377 de 2013
PREGUNTAS FRECUENTES
- Publicado en el portal del RNDC https://rndc.mintransporte.gov.co
MESA DE APOYO
Los nuevos canales de atención para los usuarios del RNDC son:
- En Bogotá (+57 1) 3240800 Ext. 1039
- Vía correo electrónico: rndc@mintransporte.gov.co
- Centro Comercial Gran Estación II, Costado Esfera, Avenida La Esperanza - Bogotá, Colombia.
Horario de Atención: Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 18:00 p.m - Sábados de 8:00 a.m. a 13:00 p.m.
Recuerde que si es víctima de algún fraude o conoce de alguna irregularidad en el Registro Nacional de Despachos de Carga por Carretera – RNDC, denúncielo a la Superintendencia de Puertos y Transporte, en la línea gratuita nacional 018000 915615 y a través del correo electrónico: atencionciudadano@supertransporte.gov.co.