Glosario
REBASAMIENTO
De acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito Ley 769 del 2002 se define como: Maniobra mediante la cual un vehículo sobrepasa a otro que lo antecedía en el mismo carril de una calzada.
REGISTRO NACIONAL AUTOMOTOR
De acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito Ley 769 del 2002 se define como: Es el conjunto de datos necesarios para determinar la propiedad, características y situación jurídica de los vehículos automotores terrestres. En el se inscribirá todo acto, o contrato providencia judicial , administrativa o arbitral, adjudicación , modificación, limitación, gravamen, media cautelar, traslación o extinción del dominio u otro derecho real, principal o accesorio sobre vehículos automotores terrestres para que surtan efectos ente las autoridades y ante terceros.
REMOLQUE
De acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito Ley 769 del 2002 se define como: Vehículo no motorizado, halado por una unidad tractora a la cual no le transmite peso. Dotado con su sistema de frenos y luces reflectabas.
RETÉN
De acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito Ley 769 del 2002 se define como: Puesto de control instalado técnicamente por una de las autoridades legítimamente constituidas de la Nación.
RETENCIÓN
De acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito Ley 769 del 2002 se define como: Inmovilización de un vehículo por orden de la autoridad competente.