Glosario
CONJUNTO ÓPTICO
De acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito. Ley 769 del 2002, se define como: grupo de luces de servicio, delimitadoras, direccionales, pilotos de freno y reverso.
CROQUIS
De acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito. Ley 769 del 2002, se define como: plano descriptivo de los pormenores de un accidente de tránsito donde resulten daños a personas, vehículos, inmuebles, muebles o animales, levantado en el sitio de los hechos por el agente, la policía de tránsito o por la autoridad competente.
CUATRIMOTO
De acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito. Ley 769 del 2002, se define como: vehículo automotor de cuatro (4) ruedas con componentes mecánicos de motocicleta, para transporte de personas o mercancías con capacidad de cargas hasta setecientos setenta (770) kilogramos.
CUNETA
De acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito. Ley 769 del 2002, se define como: zanja o conducto construido al borde de una vía para recoger y evacuar las aguas superficiales.
DISCAPACITADOS
De acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito. Ley 769 del 2002, se define como: persona que tiene disminuida alguna de sus capacidades físicas o mentales.
EMBRIAGUEZ
De acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito. Ley 769 del 2002, se define como: estado de alteración transitoria de las condiciones físicas y mentales, causada por intoxicación aguda que no permite una adecuada realización de actividades de riesgo.
EQUIPO DE PREVENCIÓN Y SEGURIDAD
De acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito. Ley 769 del 2002, se define como: conjunto de elementos necesarios para la atención inicial de emergencia que debe poseer un vehículo.
ESPACIAMIENTO
De acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito. Ley 769 del 2002, se define como: distancia entre dos (2)vehículos consecutivos que se mide del extremo trasero de un vehículo al delantero del otro.
GLORIETA
De acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito. Ley 769 del 2002, se define como: intersección donde no hay cruces directos sino maniobras de entrecruzamientos y movimientos alrededor de una isleta o plazoleta central.
GRÚA
De acuerdo al artículo 2° del Código Nacional de Tránsito. Ley 769 del 2002, se define como: automotor especialmente diseñado con sistema de enganche para levantar o remolcar otro vehículo.