La revisión técnico mecánica es sinónimo de Seguridad Vial y reduce los siniestros en carreteras
- Esta inspección es obligatoria y permite que los vehículos circulen por las vías en condiciones óptimas.
- Carros particulares, de servicio público y motocicletas deben someterse a este procedimiento.
Bogotá, D.C., julio 22 de 2020 (@ansvcol). La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) insistió en la importancia de realizar, oportunamente, la Revisión Técnico-Mecánica (RTM), procedimiento obligatorio para carros y motos en todo el territorio nacional, ya que mejora la seguridad vial y reduce el riesgo de siniestros en las carreteras.
De acuerdo con el Observatorio Nacional de Seguridad Vial, y con base en registros preliminares de Medicina Legal, el año pasado 74 personas fallecieron en siniestros viales, presuntamente, por fallas mecánicas en los vehículos. Estos siniestros viales dejaron, además, 516 lesionados.
Antioquia, con 15 fallecidos; Santander, con 12, y Valle del Cauca y Sucre, con seis cada uno, fueron los departamentos del país que aportaron el mayor número de muertos por esta causa de siniestralidad vial en 2019.
Durante los primeros cinco meses de 2020 se reportaron 36 personas fallecidas en siniestros viales, presuntamente, por fallas mecánicas. Además, 104 personas resultaron lesionadas.
Luis Lota, director de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, explicó que esta inspección técnica permite que los vehículos circulen en óptimas condiciones: “Una oportuna revisión técnico-mecánica nos evita siniestros viales por fallas mecánicas y le brinda al conductor y a sus pasajeros tranquilidad en su movilidad. Así, evitamos exponer a los demás actores viales que están a nuestro alrededor”.
En la revisión técnico-mecánica se verifica:
- Estado de la carrocería
- Niveles de emisión de gases y elementos contaminantes
- Funcionamiento del sistema mecánico
- Funcionamiento del sistema eléctrico
- Dirección
- Suspensión
- Estado de los frenos
- Llantas
- Vidrios
¿Qué tipo de vehículos deben realizar la RTM?
- Vehículos livianos hasta de 3.5 toneladas.
- Vehículos pesados superiores a 3.5 toneladas o que tengan doble llanta en el eje trasero.
- Vehículos tipo motos como motocicletas, motociclos, motocarros, mototriciclos y cuatrimotos.
¿Con qué frecuencia debe realizarse la RTM?
La periodicidad con que un vehículo debe pasar por la revisión se ha definido en función del tipo de servicio que presta:
- Servicio público, escolar y de turismo: La primera revisión debe hacerse dos años contados a partir de la fecha de matrícula. Luego, cada año.
- Servicio particular: La primera revisión debe hacerse seis años contados a partir de la fecha de matrícula. Después, anualmente.
- Motocicletas: La primera revisión debe hacerse dos años contados a partir de la fecha de matrícula. Posteriormente, cada año.
De acuerdo con la resolución 3500 del 21 de noviembre de 2005, se determina que los vehículos automotores registrados como clásicos o antiguos, agrícolas, montacargas, sidecar y la maquinaría rodante de construcción y minería, no están sometidos a las revisiones técnico-mecánicas y de emisiones contaminantes.
Los ciudadanos en cada región del país deberán consultar la autoridad de tránsito local o la alcaldía, para conocer los plazos dispuestos para la realización de la RTM y los Centros de Diagnóstico Automotriz autorizados para este procedimiento.
Director Agencia Nacional de Seguridad Vial, Luis Felipe Lota
Fecha de publicación 22/07/2020
Última modificación 22/07/2020