Tránsito - Trámites
Para solicitar el duplicado de la licencia de tránsito y/o de placas de un vehiculo ¿debo tener el SOAT vigente?
Sí, para realizar el tramite es un requisito tener vigente el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito - SOAT, de acuerdo con la Resolucion 20223040045295 que puede consultar en el siguiente enlace:
Previo a la modificación de alguna característica de un vehículo. ¿es necesario reportar el cambio?
Sí, cada cambio de características tiene unos requisitos específicos que deben ser validados ante el organismo de tránsito de la ciudad donde se encuentra matriculado el automotor.
¿Cómo hago para saber el estado de un vehículo usado que voy a adquirir?
La Policía Nacional a través de cada unidad técnica ubicada en las ciudades capitales adscritas a las Seccionales de Investigación Criminal (SIJIN), prestan su servicio de revisión técnica. Además, puede consultar el certificado de libertad y tradición en el organismo de tránsito donde se encuentre matriculado.
¿Cuáles son los requisitos para la expedición de la licencia de tránsito y quién lo hace?
¿De acuerdo con la Resolución Única de Tránsito, qué trámites requieren adjuntar las improntas?
Las improntas se requieren para los trámites referente al Registro Nacional Automotor - RNA, Registro Nacional de Maquinaria Amarilla - RNMA y Registro Nacional de Remolques y Semiremolques - RNYS.
¿Dónde se efectúa el registro inicial de un vehículo ?
El registro inicial de un vehículo se podrá hacer en cualquier organismo de tránsito, tenga en cuenta que las características técnicas y de capacidad deben estar homologadas en el Ministerio de Transporte para su operación en las vías del territorio nacional.
¿El trámite de duplicado de la licencia de conducción, requiere hacer el examen médico?
No, solamente debe acercarse al Organismo de Tránsito para que se le expida el duplicado.
¿Puedo registrar un carro usado?
De ninguna manera se podrá hacer un registro inicial de un vehículo usado. Excepto cuando se trate de: ambulancias, buses o busetas, y vehículos de bomberos.
¿Qué obligación tengo cuando vendo un vehículo?
Quien vende un vehículo esta obligado a efectuar tanto la entrega material de bien como a efectuar el traspaso ante el organismo de tránsito en donde se encuentre matriculado, de no hacerlo continuara figurando como propietario y deberá responder como tal ante las autoridades judiciales y administrativas.