Información de Servicio al Ciudadano
Debido a la emergencia sanitaria causada por la presencia del COVID-19, el Ministerio de Transporte se permite informar que la atención presencial en Bogotá, sus direcciones territoriales e inspecciones fluviales, queda suspendida desde hoy hasta nuevo aviso.
Tenga en cuenta estas medidas:
El Ministerio de Transporte tiene a disposición sus canales telefónicos y electrónicos para atender y orientar a los usuarios y grupos de interés que lo requieran.
- Puede seguir accediendo a los trámites y servicios a través de la página web www.mintransporte.gov.co.
- Si requiere radicar documentos puede hacerlo a través de los siguientes medios:
- https://mintransporte.powerappsportals.com/
- Correo electrónico institucional: servicioalciudadano@mintransporte.gov.co
- Correo electrónico para notificaciones judiciales: notificacionesjudiciales@mintransporte.gov.co medio exclusivo para remitir a la Entidad tutelas o desacatos.
- Si requiere orientación o atención sobre los temas a cargo del Ministerio de Transporte puede hacerlo a través de los siguientes medios:
- Línea de atención (+57 1) 324 0800 opción 1
- Línea gratuita nacional 01 8000 112042
- Línea de Transparencia: 01 8000 110950
Recuerde, como medida de prevención en ningún caso se recibirá correspondencia física ni se atenderá presencialmente a usuarios.
Información importante para los poseedores y/o tenedores de vehículos de carga con presunta omisión.
El Ministerio de Transporte informa a los poseedores y/o tenedores de vehículos de carga que presuntamente no cuentan con el Certificado de Complimiento de Requisitos (CCR) o con el Certificado de Aprobación de Caución (CC), lo siguiente:
- El único medio válido por el cual la Entidad recibe el CCR o CC, es a través de saneamiento@mintransporte.gov.co, no se acepta en físico ni por otro medio que no sea el correo electrónico destinado para tal fin.
- Los automotores incluidos en el listado de vehículos con presunta omisión no serán objeto de las restricciones señaladas en el Decreto 1079 de 2015. Solamente aplica para los que tengan la anotación como vehículos con omisión en su registro inicial en el sistema RUNT.
- Teniendo en cuenta la emergencia sanitaria a causa de la presencia del virus COVID-19, el Ministerio de Transporte tiene a disposición sus canales telefónicos y electrónicos para atender y orientar a los usuarios y grupos de interés que lo requieran.
- Para mayor información descargue la circular aquí http://bit.ly/2vSFMCt
Fecha de publicación 18/03/2020
Última modificación 30/03/2020